Profesorado → Enseñanzas Artísticas

Las Escuelas Superiores de Enseñanzas Artísticas podrán ofrecer títulos de grado universitario, pero deberán utilizar otra denominación.

Martes, 14 de febrero de 2012

El Tribunal Supremo ha confirmado que estas enseñanzas superiores están enmarcadas en el Espacio Europeo de Educación Superior y que podrán ofrecer títulos equivalentes al nivel del Grado Universitario “con igual valor y estimación de ambos, tanto en lo académico como para el ejercicio profesional”.

 

Tras el fallo del Supremo sobre la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores, ANPE pide al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que aborde decididamente la resolución del problema que se plantea.

 
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en repuesta a la demanda presentada por la Universidad de Granada impugnando el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La Sentencia declara nulos los artículos 7.1, 8, 11, 12 y la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto citado, los cuales invaden la autonomía universitaria puesto que la disposición adicional 19.1 de la Ley 4/2007 Orgánica de Universidades otorga la a las universidades la exclusividad del título de grado.
En primer lugar, desde ANPE acatamos la sentencia de este alto Tribunal, como no podría ser de otra manera. Asimismo, queremos trasladar a los docentes de las enseñanzas artísticas superiores un mensaje de tranquilidad pues la citada sentencia, si bien advierte de que las escuelas superiores de enseñanzas artísticas no pueden ofrecer títulos de grado iguales a los que se estudian en las universidades, el alto Tribunal no pone pegas a la equiparación como enseñanzas superiores de los títulos que ofrecen ambos. Simplemente los estudios de las enseñanzas artísticas superiores tienen que tener una denominación nominal distinta a los estudios de grado universitario.
El fallo del Supremo no pone en cuestión la equiparación de estas enseñanzas con las universitarias dentro del Espacio Europeo de Educación Superior. Seguirán, por tanto, teniendo la misma organización y duración estos estudios en cuanto a la división de grado (ahora con otra denominación) y posgrado (máster y doctorado). El Tribunal ha confirmado la adecuación a la legalidad de los estudios de posgrado establecidos para estas enseñanzas superiores.
Dicho esto, en opinión de ANPE, todavía no se han dando los pasos adecuados para hacer frente a los problemas de las enseñanzas artísticas superiores, pues siguen situadas en un espacio inadecuado a su carácter. La titulación que ofrecen es superior, pero el funcionamiento de los centros en que se imparten, la autonomía, infraestructuras, equipamientos, etc. son más propios de las enseñanzas secundarias.
Con relación a la ordenación de las enseñanzas artísticas, la inclusión de las enseñanzas artísticas superiores en la LOE, que no regula la enseñanza universitaria, ha tenido como consecuencia la decisión de crear un espacio específico de educación superior para las enseñanzas artísticas. Aunque la Ley haya establecido que los títulos superiores de enseñanzas artísticas son equivalentes al grado universitario, esta decisión no ha satisfecho al profesorado, y puede ser causa de esta sentencia del Supremo. No tiene sentido que las enseñanzas universitarias se hayan regulado mediante la Ley Orgánica de Universidades, y las enseñanzas artísticas superiores a través de la Ley Orgánica de Educación.
Este es un buen momento para pedir al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que aborde decididamente la resolución del problema que se plantea tras el fallo en la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores, en el contexto del Espacio Europeo de la Educación Superior, y busque asimismo soluciones a los problemas que actualmente tienen estas enseñanzas. En ANPE tenemos la firme convicción de que ha llegado el momento de pasar a la obra:
1.    Promulgando un Estatuto del profesorado de las Enseñanzas Artísticas Superiores, que debería contener, entre otros asuntos, los siguientes: Las condiciones de trabajo y de carrera docente; los derechos y deberes; las competencias; el reconocimiento de la función formativa e investigadora; las condiciones de acceso a los niveles docentes equivalentes de la enseñanza superior; la formación continua; la movilidad; las retribuciones; el procedimiento y los requerimientos para la habilitación docente; los profesores colaboradores, ayudantes, eméritos y visitantes; el establecimiento de especialidades y competencias educativas, etc.
2.    Configurando los centros de enseñanzas artísticas superiores con una estructura de gobierno y de participación específica similar a la de los centros universitarios, acorde con el rango de instituciones de educación superior.
3.    Abordando la oferta de estudios de postgrado, la investigación en las enseñanzas artísticas, la formación del profesorado y la autonomía de los centros de enseñanzas artísticas superiores, etc.
4.    Promoviendo que los títulos a los que conduzcan las enseñanzas artísticas superiores tengan carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Estos títulos deben ser inequívocamente identificables y reconocibles, sin conducir a error sobre su nivel o efectos académicos ni a confusión sobre su contenido y efectos profesionales.
Esta sentencia puede suponer un acicate y ser una gran ocasión para que las Enseñanzas Artísticas Superiores se sitúen en el lugar que les corresponde, creando una Ley específica con rango universitario.
Las enseñanzas artísticas tienen una importancia capital en un país desarrollado como el nuestro. Estamos convencidos del extraordinario valor de las enseñanzas artísticas para la formación y el bienestar de las personas, por el conjunto de las capacidades expresivas, creativas y emocionales que aportan y los valores sociales, siendo un instrumento de socialización, de comunicación, de inclusión, de participación y, en definitiva, de cohesión social. Por todo ello, ANPE pide al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que aborde urgentemente el problema en la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores que se plantea tras la sentencia del Supremo y los que actualmente tienen estas enseñanzas.

RD 1614_2009 de 26 de octubre

Sentencias Enseñanzas Superiores Artísticas

Castilla- La Mancha. Nombramiento de funcionarios de carrera de profesores de Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas

Martes, 31 de enero de 2012

Nombramientos
Orden ECD/131/2012, de 17 de enero, por la que a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, por el turno independiente de discapacitados, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 29 de marzo de 2010.

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Orden ECD/132/2012, de 17 de enero, por la que a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 29 de marzo de 2010.

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Becas para investigación del Museo de Arte Reina Sofía

Martes, 17 de enero de 2012
Becas
  • Resolución de 3 de enero de 2012, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se conceden becas de investigación, coordinación-formación y formación para el año 2012.
  • BOE

Premios para estudiantes de danza clásica.

Martes, 3 de enero de 2012

Premios para estudiantes de danza clásica.

Resolución de 21 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se resuelve el concurso de premios para estudiantes de
danza clásica correspondiente al año 2011.

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Certificados de profesionalidad para Artes y Artesanías

Martes, 27 de diciembre de 2011
Certificados de profesionalidad
  • Real Decreto 1693/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Artes y artesanías que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
  • boe

Nombramientos funcionarios. Comunidad de Castilla y León

Miércoles, 7 de diciembre de 2011

Orden EDU/3323/2011, de 21 de noviembre, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, se modifica la Orden ECI/3155/2005, de 27 de septiembre, por la que se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 1 de abril de 2004.

Nombramientos de funcionarios de carrera en Madrid, Extremadura y Galicia

Domingo, 30 de octubre de 2011

Nombramientos de funcionarios de carrera en Madrid, Extremadura y Galicia

 Orden      EDU/2903/2011, de 11 de octubre, por la que a propuesta de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, se nombran funcionarios
de carrera del Cuerpo de Maestros, a determinados aspirantes seleccionados  en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 20 de marzo de
2009.

 

  • Orden EDU/2904/2011, de 13 de octubre, por la que a propuesta de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se nombran
    funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas, a  los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Resolución  de 30 de marzo de 2010.

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  • Orden EDU/2905/2011, de 13 de octubre, por la que a propuesta de la Consejería  de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de  Galicia, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 16 de marzo de 2010.

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Madrid. Información sobre la nómina del mes de octubre.

Miércoles, 26 de octubre de 2011

Nómina mes octubre 2011. A causa de los cambios en los nombramientos de cargos de tutores, coordinadores TIC y jefes de departamento por parte de algunos institutos, no ha sido posible realizar el abono de los nuevos complementos en la nómina del mes de octubre. En la nómina del mes de noviembre, con efectos 1 de septiembre, se incluirán los nuevos complementos retributivos de tutoría, coordinador TIC y jefatura de departamento establecidos en el Acuerdo de 22 de septiembre de 2011, del Consejo de Gobierno y en la Orden de 15 de septiembre
de 2011, del Consejero de Economía y Hacienda.

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Extremadura. Aviso sobre la nómina de septiembre

Miércoles, 12 de octubre de 2011

Extremadura. Aviso sobre la nómina de septiembre

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Nombramiento Funcionarios de Carrera. Aragón

Viernes, 7 de octubre de 2011

Orden EDU/2650/2011, de 27 de septiembre, por la que a propuesta del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 26 de marzo de 2010.